Ilustrativa
La Suprema Corte Federal, ratificó un fallo en contra de una mujer, que fuera denunciada por un consorcio de vecinos, luego de negarse a sacar a sus dos canes del barrio tras el ataque a dos vecinos.
La mujer, había apelado antes a la Cámara de Apelaciones, que desestimó su reclamo y ratificó el fallo en primera instancia que impuso un juez.
El ataque de los perros tuvo lugar en el interior del Club de Campo, en Guaymallén, en agosto del 2020, cuando los perros escaparon de su hogar y atacaron a un pequeño yorkshire de los vecinos que murió por las heridas causadas.
Ante esto, desde el club le indicaron a la mujer que debía sacar a los canes medida que primero aceptó, pero con el paso de los días, volvió a traer a sus mascotas en secreto.
Ante la insistencia del consorcio, la mujer presentó una demanda civil en el Tribunal de Gestión Asociada Segundo.
Pese al argumento esgrimido por la mujer respecto a una familia multiespecie, los jueces entendieron que Tango y Mica representaban un peligro para los vecinos.
"...convivir con perros u otros seres sintientes es un derecho de la persona humana pero si este derecho colige con el derecho al bienestar, la tranquilidad, a convivir en paz y a no sufrir daños de los vecinos, el interés particular, tanto de la persona humana como de las personas no humanas debe ceder ante el interés general de la comunidad de familias y personas vecinas", señala parte del argumento de la Corte.




